Plan de Igualdad
El Articulo 46 Ley Orgánica 3/2007 establece que:
- Los planes de igualdad son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.
Los planes de igualdad fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados.
- Para la consecución de los objetivos fijados, los planes de igualdad podrán contemplar, entre otras, las materias de acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo.
- Los planes de igualdad incluirán la totalidad de una empresa, sin perjuicio del establecimiento de acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros de trabajo.
Según el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, se establece que las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso consensuar en la forma que se determine en la legislación laboral.
Es una obligación legal para empresas de más de 50 trabajadores.
El Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, ha modificado la LOI (Ley Orgánica de Igualdad) con efectos el 8 de Marzo 2019. Entre los extremos a tener en cuenta en relación a los Planes de Igualdad, destacan:
- Exigencia de redacción en empresas de más de 50 trabajadores.
- Inscribir el plan en el Registro Nacional de Planes de Igualdad
En FORCYBERITY® seguimos las siguientes fases para implementar un Plan de Igualdad en tu empresa:
- Fase de Diagnóstico. La empresa toma el compromiso de poner en marcha el Plan de Igualdad e iniciar el Diagnóstico de la situación actual de la empresa.
- Fase de Diseño. Se elabora y planifica el Plan de Igualdad que incluirá: política de igualdad, objetivos y acciones a desarrollar, calendario, recursos necesarios para la implementación de cada una de las medidas de actuación.
- Fase de Implementación. En esta fase se implementarán las medidas de actuación definidas en el fase de diseño.
- Fase de Evaluación. Tras la implementación, es necesario comprobar la viabilidad del plan y su efectividad.
Contamos con expertos en Igualdad de Género e Inclusión con trayectorias de estudios sobre la desigualdad y discriminación detectados en empresas a través de un análisis mixto de los datos (a nivel cualitativo y cuantitativo) con la finalidad de facilitar, considerar y proponer unos criterios objetivos para la promoción de mujeres y hombres en la organización.